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15,20 €El legado que nos han dejado los juristas romanos es fundamentalmente Âôun patrimonio de métodoÂö; parece una plástica alusión de Talamanca a la división metodológica entre los romanistas, entre quienes ven en el estudio y ense?anza del derecho romano una aplicación práctica, cada vez más ineludible, sobre todo porque en nuestro derecho positivo el derecho romano forma parte de la supletoriedad normativa, también en su entorno geopol¡tico, porque es la base común del derecho europeo, sin relegar su inminente reactivación en los surgentes llamados pa¡ses de la ex URSS Âûentre otras imposiciones de ¡ndole prácticoÂû; y los que ven la virtud del estudio de este derecho desde una perspectiva histórico-cr¡tica, con un evidente peso en la formación de base de un jurista, convirtiéndose en las dos perspectivas de la misma realidad, y por tanto, más que metodolog¡as opuestas, son complementarias, pues tienen en común, o deben tenerlo, ese mismo patrimonio heredado en que cosiste el Âômétodo de los juristas romanosÂö. Nos interesa el principio jur¡dico desenvolviéndose en la realidad jur¡dica (más que la concreta solución